Canal Ético
Preguntas Frecuentes)

P: ¿TECNÓPOLE va a conocer mis datos como denunciante?

R:  TECNÓPOLE no va a conocer sus datos ya que las denuncias pueden presentarse de manera anónima sin que figure dato identificativo alguno. En aquellos casos en los que el denunciante decida identificarse, tampoco TECNÓPOLE tendrá acceso alguno a su identidad ya que el tratamiento de las denuncias lo realiza de manera absolutamente confidencial una entidad independiente y ajena a la organización (SMC COMPLIANCE) que, en ningún caso, proporciona datos del denunciante a la organización.

Los profesionales de SMC COMPLIANCE que tengan acceso a sus datos, están obligados a suscribir un acuerdo de confidencialidad que les obliga a guardar la más estricta reserva, secreto y confidencialidad de la información a la que tengan acceso. Esta obligación perdurará en el tiempo incluso aunque finalice su prestación de servicios profesionales en SMC COMPLIANCE.

 

P: ¿Puede TECNÓPOLE despedirme con motivo de una denuncia realizada o tomar algún tipo de represalia contra mí por este motivo?

R: No, en ningún caso. TECNÓPOLE no podrá adoptar, ni durante la investigación ni una vez finalizada la misma, medida alguna que le perjudique en su carrera profesional o que suponga la cesación de la relación laboral o profesional con la empresa. Además, TECNÓPOLE nunca conocerá sus datos ya que estos permanecen anónimos frente a la empresa.

En todo caso, la protección del denunciante no le eximirá de las responsabilidades en que hubiese podido incurrir por hechos diferentes de los que constituyan objeto de la denuncia.

 

P: ¿Qué puedo denunciar a través del Canal Ético?

R: A nivel general de puede denunciar cualquier comportamiento o conducta que sea contraria al código ético o normativa interna de la organización, así como cualquier comportamiento delictivo o ilícito de conformidad con la normativa vigente en cada momento. Por ejemplo:

 

  • Actuaciones relacionadas con proveedores: incumplimiento de los procedimientos de mercado relacionados con la selección de proveedores.
  • Acoso: conducta abusiva, hostil u ofensiva.
  • Discriminación: prácticas discriminatorias por razón de cultura, ideas políticas, creencias religiosas, raza, género o cualquier otra circunstancia que pueda ser considerada como fuente de discriminación.
  • Restricción de libertad de expresión, asociación, sindical o negociación colectiva. Apropiación indebida y desvío de recursos.
  • Aspectos contables: registro de transacciones comerciales y financieras de forma contraria a las prácticas contables generalmente aceptadas.
  • Conflicto de intereses: primar el interés propio al de la compañía mediante actuaciones incorrectas en el ejercicio de sus obligaciones profesionales.
  • Conducta poco ética: conducta deshonesta o poco ética por parte de cualquier empleado o profesional que intervenga en nombre de la organización.
  • Compromisos con terceros (clientes/proveedores): incumplimiento de los acuerdos firmados con terceros.
  • Falsificación de documentos: modificar contratos, informes o documentos para beneficio propio o con el objetivo de causar detrimento a la organización.
  • Seguridad de la información: utilización no autorizada de la información de la compañía, de sus clientes o proveedores.

 

P: ¿Qué ocurre con las denuncias una vez realizadas?

R: SMC COMPLIANCE a través de sus profesionales expertos en esta materia procederá a la revisión y análisis de todas las denuncias. Una vez catalogadas y analizadas, se trasladarán mediante un informe al Compliance Officer a fin de valorar la procedencia de una investigación interna y de decidir las medidas a adoptar en el caso de que los hechos denunciados sean constitutivos de un ilícito penal o de cualquier otra índole o contrarios a los valores y principios contenidos en el código ético de la organización.

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